Revocan sentencia contra Noroña en caso Grecia Quiroz; no hubo violencia de género

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia que señalaba Gerardo Fernández Noroña por presunta violencia política de género contra la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García.
Con esta decisión, quedó sin efectos la resolución emitida previamente por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán El fallo se dio tras una impugnación presentada por el legislador, quien argumentó que sus declaraciones estaban protegidas por la inmunidad parlamentaria.
Los magistrados concluyeron, por unanimidad, que el tribunal local no analizó de manera adecuada ese aspecto antes de emitir su resolución. El caso surgió luego de que Fernández Noroña lanzara fuertes críticas contra la presidenta municipal en redes sociales.
En sus publicaciones calificó a Grecia Quiroz de “irresponsable” y “fascista”, además de acusarla de actuar por “ambición política”. Inicialmente, esas expresiones fueron consideradas violencia política por razón de género, pero la Sala Regional determinó revocar esa decisión y dejar sin efecto la sanción impuesta al senador.
TEEM ya había fallado a favor de Grecia Quiroz
El Tribunal Electoral de Michoacán deberá emitir una nueva resolución en el caso que enfrenta Noroña con la alcaldesa Grecia Quiroz, a más tardar el próximo 14 de agosto. Así lo informó la magistrada Andrade, luego de que la Sala Regional Toluca ordenara revisar nuevamente el expediente.
La controversia comenzó el 13 de enero de 2026, cuando la presidenta municipal presentó una denuncia contra el legislador ante el Instituto Electoral de Michoacán. Desde entonces, el proceso ha pasado por diversas resoluciones e impugnaciones.
Hasta ahora, el tribunal estatal ha emitido dos sentencias:
Determinó que no era competente para resolver el caso al considerar que Grecia Quiroz no había sido electa por voto popular.
Posteriormente concluyó que Fernández Noroña incurrió en violencia política contra la alcaldesa.
No obstante, esta última resolución fue revocada por la Sala Regional Toluca, que otorgó al tribunal un plazo de 10 días hábiles para analizar nuevamente el asunto y emitir una tercera sentencia, cuyo límite vence el 14 de agosto.
Tribunal analizará inviolabilidad en caso Noroña vs Quiroz
Tras la revocación de la sentencia por parte de la Sala Regional Toluca, el Tribunal Electoral de Michoacán deberá realizar un nuevo análisis del caso entre el senador Noroña y la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz.
Antes de determinar si existió violencia política por razón de género, los magistrados tendrán que definir si las declaraciones del legislador están protegidas por la figura de la inviolabilidad parlamentaria. La magistrada Yurisha Andrade explicó que ese punto será determinante para continuar con el estudio del expediente.
“De ahí ya tendríamos que basarnos para estudiar ya los elementos que configuran la violencia política por razón de género”, señaló al referirse al siguiente paso del análisis, en caso de que corresponda.
La Constitución mexicana, en su artículo 61, establece que la inviolabilidad parlamentaria “es absoluta, irrenunciable y perpetua, pero sólo tratándose de opiniones que emitan los legisladores en el desempeño de sus cargos”, criterio que será clave para la nueva resolución.





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